El Constitucional pone fin al rescate de las EPSV vascas al cabo de 10 años

El Tribunal Constitucional decidió anular a finales del pasado mes de junio ocho artículos de la ley vasca de Entidades de Previsión Social Voluntaria aprobada en febrero de 2012 por el Parlamento de Gasteiz, al entender que vulnera competencias del Estado en materia de legislación mercantil y bases de la ordenación de los seguros en la Constitución.
Los artículos anulados hacen referencia, entre otros, a la posibilidad que hasta ahora ofrecían las EPSV a sus socios de poder rescatar sus aportaciones al cabo de los 10 años, elemento clave a la hora de captar este tipo de productos de ahorro para la jubilación y que marcaba la diferencia con respecto del resto de planes de pensiones del Estado, con los que ahora se uniformiza. Más de 700.000 planes de previsión social voluntaria de ciudadanos vascos se verán afectadas por esta sentencia.

Más de 700.000 planes de previsión
de ciudadanos vascos se verán

afectados por la sentencia

Mientras el Gobierno vasco emitía una resolución descartando la retroactividad del fallo del constitucional, la Federación de EPSV de Euskadi mostraba su ‘disgusto y sorpresa’ por una sentencia que en su opinión “cuestiona derechos que son y han sido desde siempre inherentes a la propia esencia de las EPSV y que posteriormente fueron recogidos por una Ley que fue aprobada en el Parlamento vasco sin ningún voto en contra”.
A la espera de definir si la sentencia se aplica desde la entrada en vigor de la ley autonómica en febrero de 2012 o a partir de la publicación en el BOE de la sentencia del Constitucional, la Diputación Foral de Álava aprobaba reanudar las aportaciones a Elkarkidetza.

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