En el momento en el que nos encontramos y en respuesta a la grave situación económica generada por el covid-19 en determinados sectores, el Gobierno español ha establecido una moratoria para el cumplimiento de la obligación de presentar el concurso de acreedores, primero hasta 31 de diciembre de 2020, luego hasta el 14 de marzo de 2021 y finalmente, por medio del Decreto Ley 5/21, de 13 de marzo de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021. Esta moratoria concursal, concebida tal cual, conlleva riesgos sustanciales y objetivos para la viabilidad de la empresa insolvente, así como para toda la cadena y agentes implicados con la misma. La Ley es
Juan Recalde
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